Lesionado sin seguro de auto: la Prop 213 en California
No tener seguro propio puede afectar su reclamo aunque otro conductor causara el choque. Sepa qué limita la Prop 213 y qué documentos revisar.
Por Law Office of Arta Wildeboer
Otro conductor lo choca. Después, un ajustador pregunta si su propio auto tenía seguro. Quizá se pregunte por qué importa eso si usted no causó el accidente.
En California, la culpa y su situación de seguro son cuestiones distintas. La sección 3333.4 del Código Civil, aprobada mediante la Proposición 213, puede limitar ciertos daños aunque otra persona haya causado el choque. Pero decir que usted no tenía seguro no significa, por sí solo, que desaparezcan todas las partes de un reclamo por lesiones.
Empiece con Lesionado sin seguro de auto: qué revisar para ver los pasos breves. Este artículo explica las diferencias legales que importan al revisar el asunto.
Busque la atención médica que necesita sin esperar una decisión del seguro. Esta es información general, no asesoría legal ni médica. Se centra en reclamos por lesiones tras choques de vehículos, no en representación por una infracción de tránsito o una disputa de seguros por separado.
Qué puede limitar la Prop 213
La sección 3333.4 del Código Civil, en inglés, trata de reclamos derivados de la operación o el uso de un vehículo motorizado. Cuando corresponde la restricción, impide recuperar pérdidas no económicas, como dolor, sufrimiento, molestias, limitaciones físicas y desfiguración.
Estas se distinguen de las pérdidas económicas: pérdidas monetarias como gastos médicos e ingresos perdidos. La sección 1431.2 del Código Civil, en inglés, describe estas categorías.
La sección 3333.4 no prohíbe en general recuperar pérdidas económicas. Eso no significa que la aseguradora deba pagar cada factura ni que haya una recuperación disponible. Todavía importan la responsabilidad por el choque, la relación entre el choque y la lesión, la prueba de las pérdidas, la cobertura disponible y otras defensas. Una factura es un documento para revisar, no una promesa de pago.
La restricción tampoco convierte a una persona sin seguro en quien causó el choque. Conserve las pruebas sobre la culpa mientras se investiga la cobertura.
La ley distingue al propietario del conductor
Las disposiciones sobre falta de seguro identifican dos situaciones:
- Propietario: La persona lesionada era dueña de un vehículo involucrado en el accidente, y ese vehículo no estaba asegurado como exigen las leyes de responsabilidad financiera de California.
- Conductor: La persona lesionada conducía un vehículo involucrado y no puede acreditar la responsabilidad financiera exigida por esas leyes.
No reduzca estas disposiciones a que todos necesitan una póliza a su propio nombre. Un vehículo prestado, una disputa sobre la propiedad, un vehículo del empleador u otra póliza posiblemente aplicable requieren una revisión propia. A la vez, ser pasajero no resuelve todo: un pasajero lesionado que sea dueño de un vehículo involucrado sin seguro puede quedar sujeto a la disposición sobre propietarios.
Un pasajero que no era dueño ni conductor de un vehículo involucrado no entra en esas dos categorías simplemente por carecer de una póliza personal de auto. Identifique el papel real de cada persona, en vez de atribuir a todos los ocupantes la situación de seguro del conductor.
La ley también trata por separado al conductor lesionado que infringió determinadas leyes sobre conducción bajo la influencia al momento del accidente y fue condenado por esa infracción. Este artículo no abarca todas las situaciones en que la sección 3333.4 u otra ley pueden afectar la recuperación.
Revise la cobertura del día del choque, no solo la tarjeta actual
El DMV de California, en inglés, explica que el seguro de responsabilidad civil es una forma de acreditar responsabilidad financiera. También enumera alternativas aprobadas, como un certificado de autoseguro emitido por el DMV. La cobertura de colisión o la cobertura amplia, por sí solas, no cumplen ese requisito.
Guarde documentos que permitan determinar qué estaba vigente:
- La póliza, declaraciones, endosos y tarjeta de seguro del período correspondiente.
- Recibos de pago, avisos de cancelación o no renovación y comunicaciones de reinstalación.
- Registro, compraventa o contrato de arrendamiento que identifiquen la propiedad en ese momento.
- Información sobre el permiso para conducir y pólizas pertinentes del hogar o del vehículo de trabajo que tenga legalmente disponibles.
- La decisión escrita de cobertura y el motivo preciso por el que la aseguradora afirma que corresponde la Prop 213.
Un recibo o una tarjeta antigua quizá no resuelvan la cuestión. Pida por escrito las fechas y horas de vigencia. Conserve los documentos sin cambios. No pida que se antedate la cobertura ni oculte una interrupción; una póliza comprada después no acredita cobertura al momento del choque.
Una acusación de DUI no equivale a la excepción legal
El inciso (c) establece una excepción para el propietario sin seguro descrito en el inciso (a)(2), lesionado por un conductor que infringía la sección 23152 o 23153 del Código de Vehículos y fue condenado por esa infracción.
Las palabras importan. Una sospecha, anotación policial, detención o acusación pendiente no equivale a la condena exigida. Tampoco debe describirse esta excepción para propietarios como una excepción automática para todo conductor sin seguro.
Guarde el número del reporte y la información del proceso que tenga legalmente disponible. Un abogado puede revisar si corresponde la excepción y qué documentos hacen falta. No espere a que termine el caso penal para averiguar los plazos del reclamo por lesiones.
Pregunte qué está disputando la aseguradora
Decir que la Prop 213 corresponde no es una explicación completa. Pregunte si la aseguradora cuestiona:
- el seguro o la responsabilidad financiera al momento del choque;
- la propiedad o conducción de un vehículo involucrado;
- solo los daños no económicos, o también la responsabilidad y otras pérdidas; o
- la aplicación de una excepción.
Si ya tiene abogado para las lesiones, envíele la carta completa y los documentos de respaldo. Antes de firmar una liberación de responsabilidad, entienda qué reclamos cierra. Una disputa sobre dolor y sufrimiento no debe ocultar el alcance más amplio del documento.
La orientación de los tribunales de California sobre plazos, en inglés, advierte que dependen de los hechos y que los reclamos contra el gobierno tienen requisitos distintos. No suponga que revisar la cobertura, negociar o tener un caso penal pendiente suspende un plazo aplicable.
Preguntas frecuentes
¿Entonces no importa el seguro del otro conductor?
Sí importa. Su propia falta de seguro y la cobertura disponible del otro conductor son asuntos distintos. Nuestro artículo sobre el conductor que no tiene seguro aborda ese otro problema.
¿Puedo seguir documentando dolor y limitaciones diarias?
Sí. Dé información exacta a sus proveedores y conserve registros veraces. No decida qué pruebas descartar basándose en la postura legal inicial de un ajustador.
¿Comprar seguro ahora resuelve el choque anterior?
No trate la nueva cobertura como prueba de cobertura pasada. Conserve las fechas reales y consulte sobre los documentos del día del choque. Cumpla los requisitos del DMV antes de volver a conducir.
¿Debo aceptar una oferta porque no tenía seguro?
No únicamente por ese motivo. Revise las pruebas de cobertura, la restricción legal alegada, las pérdidas documentadas y las condiciones de la liberación. Este artículo no permite determinar si una oferta concreta es adecuada.
Consulte sobre la cobertura junto con el reclamo por lesiones
Law Office of Arta Wildeboer ofrece consultas sobre lesiones personales a personas de Downey, las Gateway Cities y comunidades cercanas. Puede preguntar cómo los documentos de seguro y propiedad del día del choque podrían afectar su reclamo.
Para una consulta gratuita, llame al (562) 608-8887 o contacte a la firma. Pregunte cómo compartir documentos de forma segura; no incluya detalles financieros o médicos innecesarios en el primer mensaje del sitio web.
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