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Educación para Clientes10 min read

¿Lo atropellaron en un cruce peatonal? Qué evidencia debe guardar en California

Después de un atropello en California, guarde las señales, líneas de visión, cámaras, testigos, archivos originales, ropa, reportes y registros médicos.

Las líneas pintadas muestran por dónde cruzaba una persona. No conservan lo que indicaba la señal peatonal, cuándo entró la persona a la calle, hacia dónde giraba el conductor, qué bloqueaba la vista ni dónde se guardaba un video cercano.

Esos detalles pueden convertirse en el centro de una disputa por lesiones. El conductor puede decir que el peatón apareció de repente. Un testigo puede recordar la cuenta regresiva sin recordar el número. La cámara de un negocio puede borrar el video. Los vehículos estacionados, obras, árboles y luces pueden cambiar después del choque.

Primero la seguridad: Llame al 911 en una emergencia y obtenga la atención médica adecuada. No entre al tráfico, no regrese a una intersección peligrosa, no confronte al conductor ni retrase tratamiento para reunir evidencia.

Importante: Este artículo ofrece información general, no asesoría legal. El tipo de cruce, las señales, el derecho de paso, la culpa comparativa, la causa, el seguro, los trámites con entidades públicas, los plazos y la evidencia dependen de los hechos. No se promete ningún resultado.

Identifique el cruce exacto, no solo la intersección

“Fue cerca de Florence y Lakewood” puede señalar una intersección grande sin identificar el cruce real.

Cuando sea seguro, guarde:

  • los nombres de las calles y la esquina exacta;
  • la dirección en que caminaba el peatón;
  • la dirección y el carril del vehículo;
  • si el conductor iba derecho, giraba, retrocedía o salía de una entrada;
  • dónde entró el peatón a la calle;
  • dónde ocurrió el contacto;
  • dónde terminaron la persona, el vehículo, los objetos y los restos;
  • la fecha y la hora más precisa posible; y
  • los números de incidente de policía, bomberos o ambulancia.

Un pin del mapa, historial de ubicación, recibo de viaje, registro de transporte o mensaje enviado en ese momento puede ayudar a fijar el lugar y la hora. Conserve el registro original, no solo una captura creada después.

Un cruce peatonal puede estar marcado o no marcado

La sección 275 del Código de Vehículos de California define como cruce peatonal la parte de la vía marcada para peatones. También reconoce ciertas zonas no pintadas en intersecciones.

Eso no convierte cualquier lugar donde alguien cruza en un “cruce no marcado.” Pueden importar el diseño de la intersección, las banquetas, las rampas y la dirección del cruce.

La sección 21950 generalmente exige que el conductor ceda el paso a una persona que cruza dentro de un cruce marcado o un cruce no marcado en una intersección. Al acercarse, el conductor también debe usar cuidado razonable, reducir la velocidad o tomar otra medida necesaria para proteger al peatón.

La misma sección exige cuidado razonable al peatón. La persona no debe salir de repente de una banqueta u otro lugar seguro hacia un vehículo tan cercano que cree un peligro inmediato. Tampoco debe detener o retrasar el tráfico innecesariamente dentro del cruce.

Una discusión sobre el cuidado del peatón no elimina el deber del conductor.

La instrucción civil CACI No. 710 del Consejo Judicial de California presenta ambas obligaciones juntas. Sus indicaciones explican que estos choques con frecuencia requieren un análisis de culpa comparativa.

La regla útil no es “el peatón siempre gana” ni “salió de repente.” Son frases. La evidencia determina qué hechos se pueden probar.

Conserve la fase y el tiempo de las señales

En una intersección con semáforos, fotografiar las líneas después no demuestra qué mostraban las señales en el momento del impacto.

Anote cuanto antes:

  • si aparecía la figura de CAMINAR, la mano intermitente, la mano fija o una cuenta regresiva;
  • qué recuerda haber visto el peatón antes de entrar;
  • el número de la cuenta regresiva, si alguien lo recuerda con seguridad;
  • el color del semáforo y la flecha para la dirección del vehículo;
  • si el conductor giraba a la derecha o a la izquierda;
  • si alguna señal estaba apagada, bloqueada, dañada o difícil de ver;
  • si una señal accesible produjo sonido o vibración; y
  • el recuerdo separado de cada testigo, en sus propias palabras.

La sección 21456 regula las señales de control peatonal. Su aplicación puede depender de lo que mostraba la señal y del momento en que la persona entró o continuó por la calle. No coordine a los testigos para crear una secuencia favorable. Conserve también la incertidumbre.

Algunas agencias pueden tener planes de tiempo, fases, mantenimiento, quejas o cambios de las señales. Diferentes entidades o contratistas pueden controlar esos registros. Hay que investigar si existen, si se pueden obtener y cuánto tiempo se guardan.

Fotografíe las líneas de visión desde ambas direcciones

La capacidad de ver y ser visto puede importar tanto como las líneas pintadas.

Cuando se pueda hacer legalmente y sin peligro, documente:

  • la aproximación del peatón;
  • la aproximación probable del conductor;
  • vehículos estacionados, autobuses, equipos de construcción o filas de tráfico;
  • letreros, postes, cajas, árboles, setos, andamios u otros obstáculos;
  • iluminación, reflejos, sombras, lluvia, humo y clima;
  • rampas, camellones, islas, carriles, líneas de alto y carriles de giro;
  • marcas de llanta, restos, letreros dañados o plantas alteradas; y
  • el lugar a una hora comparable del día.

No se pare en un carril para recrear la vista del conductor. Un investigador puede usar métodos más seguros después.

Guarde fotos cercanas y amplias. Conserve los archivos originales con sus datos. Puede usar copias recortadas o anotadas para explicar algo, pero no deben sustituir los originales.

Identifique cámaras sin afirmar que grabaron el choque

El posible video puede estar bajo control de:

  • tiendas, restaurantes, apartamentos y oficinas cercanas;
  • estacionamientos o garajes;
  • casas y cámaras de timbre;
  • autobuses, estaciones y sistemas de transporte;
  • sistemas de tráfico o intersección;
  • vehículos de policía, bomberos, ambulancia u obras públicas;
  • el vehículo involucrado u otros autos con dashcam; o
  • teléfonos de testigos.

Ver una cámara no demuestra que funcionaba, apuntaba al impacto, grababa o guardaba video. Algunas cámaras de tráfico solo ofrecen una imagen en vivo. Los sistemas privados pueden sobrescribir archivos pronto.

Anote la ubicación y quién probablemente controla el sistema. Una solicitud específica para preservar evidencia puede identificar el evento, lugar, horario y material solicitado. No es una citación judicial, no demuestra que el video existe y no obliga por sí sola a entregarlo.

No entre sin permiso, no se haga pasar por funcionario ni presione a testigos. Guarde los datos que las personas proporcionen voluntariamente.

Guarde ropa, zapatos, dispositivos y datos del vehículo

La evidencia física y digital puede ayudar a explicar el impacto, el movimiento, la visibilidad y las lesiones.

Conserve:

  • zapatos y ropa sin lavar, reparar ni desechar;
  • bolsa, lentes, dispositivo de movilidad, teléfono u objeto dañado;
  • fotos del daño y de dónde se encontraron los objetos;
  • fotos, videos, mensajes y registros de llamadas originales;
  • datos relevantes de ubicación, salud, actividad, transporte o navegación;
  • nombre del conductor, placa, vehículo, propietario, aseguradora y empleador o aplicación cuando estén disponibles legalmente;
  • fotos del parabrisas, espejo, cofre, luces y zonas de contacto; y
  • información de remolque, almacenamiento, reparación, inspección o desecho que reciba la persona lesionada.

No altere un objeto para hacerlo más convincente. Mantenga una lista sencilla de quién lo tuvo y cuándo. Si debe reparar o reemplazar un dispositivo, haga una copia y consulte sobre los datos relevantes antes de borrarlo o entregarlo.

El reporte policial, el SR-1 y el reclamo de seguro son distintos

Un reporte policial puede contener información de las partes, declaraciones, un diagrama, observaciones y conclusiones iniciales. No decide por sí solo la responsabilidad civil. Si contiene un error, conserve el original y aborde el dato con precisión. Nuestro artículo sobre errores en reportes de choques en California explica la diferencia.

CHP permite que una parte con interés, incluido un peatón involucrado, solicite un reporte de choque de acuerdo con su proceso.

DMV tiene un trámite separado llamado SR-1. Si debe presentarse depende de las reglas actuales y los hechos. El SR-1 no es el reporte policial y no sustituye el aviso a la aseguradora.

Mantenga separados:

  • la respuesta médica o de emergencia;
  • la investigación y solicitud del reporte;
  • el SR-1 de DMV;
  • el aviso al seguro;
  • una solicitud para preservar evidencia;
  • una solicitud de registros públicos;
  • un reclamo contra una entidad pública cuando corresponda; y
  • una demanda.

Completar uno no necesariamente completa otro. Si los agentes no acudieron, consulte qué hacer cuando no hay reporte policial.

La culpa comparativa no elimina la investigación

California aplica principios de culpa comparativa. Una disputa sobre la conducta del peatón no termina el análisis de la conducta del conductor. Una posible infracción del conductor tampoco elimina las preguntas sobre causa o cuidado del peatón.

La investigación puede preguntar:

  • ¿Era un cruce marcado o un cruce no marcado que calificaba dentro de una intersección?
  • ¿Qué mostraban las señales?
  • ¿Cuándo entró la persona a la calle?
  • ¿Qué tan cerca estaba el vehículo?
  • ¿Qué podían ver razonablemente el conductor y el peatón?
  • ¿El conductor giraba, estaba distraído, iba demasiado rápido, retrocedía o no redujo la velocidad?
  • ¿Había obstáculos?
  • ¿Contribuyó más de un conductor, vehículo, condición de la vía o elemento público?
  • ¿Qué lesiones y pérdidas causó el choque?

Si el conductor o la aseguradora culpa al peatón, guarde la comunicación en vez de discutir. Nuestro artículo sobre disputas de culpa después de un choque explica por qué una acusación temprana no es la decisión final.

Una multa o conclusión del reporte puede ser relevante. No establece automáticamente negligencia, causa, culpa comparativa ni daños.

Los asuntos de vía pública o transporte necesitan otra vía de análisis

Algunos atropellos pueden involucrar un autobús público, empleado público, señal, diseño vial, obra o una condición peligrosa de propiedad pública. La presencia de una entidad pública no demuestra su responsabilidad.

Estos reclamos pueden tener teorías, trámites, defensas y reglas tempranas diferentes. Una entidad puede tener los datos del semáforo mientras otras controlan el mantenimiento, video de transporte, reportes o archivos de contratistas.

No suponga que un reporte, solicitud de registros, queja, aviso al seguro o carta de preservación presenta un reclamo de daños contra el gobierno. Es importante obtener revisión individual pronta cuando pueda estar involucrada una entidad pública. No calcule un plazo personal usando un artículo general.

Conserve los registros médicos y de pérdidas

Obtenga atención adecuada y guarde:

  • ambulancia, urgencias, imágenes, medicamentos, terapia y seguimiento;
  • instrucciones de alta y restricciones de trabajo o actividad;
  • facturas, explicaciones de beneficios, recibos y transporte;
  • fotos respetuosas de lesiones visibles;
  • una cronología de síntomas y tratamiento;
  • ausencias, reducción de horas y comunicaciones del empleo; y
  • correspondencia de seguros, pagos médicos, gravámenes, reembolsos y beneficios.

No minimice síntomas ante la aseguradora antes de entender el panorama médico. Tampoco exagere ni se diagnostique. Si aparecen síntomas después, nuestro artículo sobre síntomas tardíos explica cómo documentar la secuencia.

Para una lista corta de pasos inmediatos, consulte la guía de Ayuda por Lesiones después de un atropello en un cruce.

Fuentes

En resumen

Después de un atropello en o cerca de un cruce peatonal, la atención médica va primero. Luego conserve la ruta exacta, punto de impacto, señales, trayectoria del vehículo, líneas de visión, testigos, posibles custodios de cámaras, archivos originales, objetos físicos, reportes y cronología médica.

No suponga que las líneas pintadas deciden automáticamente la culpa. Tampoco acepte como respuesta final que “el peatón salió de repente.” La evidencia debe examinar la conducta y los deberes de todas las personas involucradas.

Wildeboer Legal ayuda a peatones lesionados y familias en Downey, el sureste de Los Ángeles, Gateway Cities y el Condado de Los Ángeles a evaluar evidencia, seguros, disputas de culpa y posibles asuntos de vía pública. Conozca los servicios de lesiones personales o solicite una consulta gratuita sobre sus circunstancias.

Llame o envíe texto al (562) 608-8887 o contacte a Wildeboer Legal en línea.

Se habla español. También hay asistencia en farsi y filipino/tagalo.

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Publicidad de Abogado. Este artículo es solo para fines informativos generales y no constituye asesoramiento legal. Leer este artículo no crea una relación abogado-cliente.

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